EL RESCATE EN TRABAJOS EN ALTURA

Las caídas a diferente nivel de trabajadores se han convertido en una de las principales causas de accidentes laborales en los últimos años.

Formación inadecuada, mal estado de los equipos de trabajo…son algunas de las causas que provocan este tipo de accidentes con resultados fatales.

En muchas ocasiones, a pesar de poner todos los medios, la caída es inevitable. Si el trabajador dispone de los medios adecuados, evitaremos que esta caída finalice con el trabajador en el suelo.

Pero ¿qué ocurre cuando un trabajador permanece suspendido de su arnés durante un periodo prolongado de tiempo? ¿Estamos preparados para rescatar a ese trabajador inmediatamente? ¿Disponemos de los equipos y la formación necesarios para realizar un rescate seguro y eficaz?

La necesidad de tener que realizar una evacuación rápida de un trabajador suspendido de un arnés responde a dos causas principales.

  • Poder aplicar primeros auxilios de forma más efectiva, en caso de necesitarlos.
  • Evitar las graves consecuencias que puede ocasionar el trauma por suspensión.

El denominado sindrome del arnes, trauma por suspensión o shock ortostático es un riesgo derivado de realizar trabajos verticales o trabajos en altura. Cuando un trabajador, en estas condiciones laborales sufre una caída, queda suspendido del arnés de manera inmóvil. Esta postura provoca que la circulación sanguínea quede bloqueada en las extremidades, y el corazón no consiga bombear la sangre al resto del cuerpo.

No es causa de preocupación las molestias leves que el uso prolongado del arnes durante la jornada laboral pueda ocasionar, ya que se trata de una presión del arnés tolerable y controlada.

El riesgo inminente se produce en caso de caída, incluso aunque la persona no haya perdido la consciencia, porque el arnés actúa como torniquete en los puntos de presión, oprimiendo las articulaciones, provocando un fallo en el retorno venoso y una reducción del flujo sanguíneo a otros órganos, ocasionando acumulación de toxinas provenientes de la muerte celular y de la falta de oxígeno.

Es por ello que una persona que quede colgada del arnés: DEBE SER RESCATADA INMEDIATAMENTE.

Por desgracia, si ya es difícil que algunas empresas cumplan con los mínimos exigibles en materia de seguridad en altura (planificación de los trabajos, formación de los trabajadores, disponibilidad de medios y equipos adecuados, revisión de los mismos…), es muy improbable que cuenten con un plan de emergencia que contemple la evacuación de sus trabajadores si estos quedan suspendidos de un arnés.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su Artículo 20. Medidas de emergencia dice:

El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

El Real Decreto 2177/2004, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, en su anexo 4.1.1 dispone que “la elección del tipo más conveniente de medio de acceso a los puestos de trabajo temporal en altura deberá efectuarse en función de la frecuencia de circulación, la altura a la que se deba subir y la duración de la utilización. La elección efectuada deberá permitir la evacuación en caso de peligro inminente”.

Este Real Decreto, en el anexo 4.4.1.e especifica que “el trabajo deberá planificarse y supervisarse correctamente, de manera que, en caso de emergencia, se pueda socorrer inmediatamente al trabajador.” 

La norma UNE-EN 365: Equipos de protección individual contra las caídas de altura. Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje, indica que en las instrucciones del EPI se debe reflejar la necesidad de tener un plan de rescate.

En el mismo sentido la norma UNE-EN 363:2008, sistemas de protección individual contra caídas, en su capítulo 4 dice: Siempre cuando se inicia un trabajo en altura, debería existir un plan de salvamento in situ. 

Por lo tanto, y si el sentido común no fuese suficiente motivo, vemos que la normativa referente a los trabajos en altura hace numerosas menciones a la necesidad de que siempre que se realice un trabajo en altura tiene que haber previsto un plan de rescate.

En el mercado existen diversos sistemas de evacuación y rescate, muchos de ellos diseñados para algunos trabajos específicos y otros que sirven para un abanico más amplio de trabajos, pero lo que está claro es que no existe un único sistema o procedimiento de rescate que se adapte a todas las situaciones.

En primer lugar, es necesaria una evaluación previa y específica con procedimientos de trabajo y rescate seguros, acordes a la evaluación de riesgos realizada.

Hay que planificar el trabajo a realizar y elegir el sistema de rescate o método que mejor se adapte a las circunstancias específicas.

Todo ello no servirá de nada si los trabajadores no cuentan con una formación teórico-práctica específica en los procedimientos y el uso de los equipos necesarios para el rescate.

También es imprescindible la realización de prácticas y simulacros periódicos.

CONCLUSIÓN

Los trabajos en altura son las causas de numerosos accidentes en el mundo laboral.

No basta con disponer de los medios y formación para realizar esos trabajos de forma segura: los accidentes ocurren.

Es necesario disponer de un plan de rescate para cuando se produzca la caída en altura, y disponer de los medios y el personal formado en el lugar de trabajo, para poder rescatar al trabajador accidentado lo más rápidamente posible.

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