TRABAJOS EN ALTURA vs TRABAJOS VERTICALES

En muchas ocasiones vienen alumnos a realizar el curso de trabajos en altura creyendo que van a aprender a moverse por cuerdas, no tienen claro la diferencia entre un trabajo en altura y un trabajo vertical.

Trabajos en altura.

Será aquellos en los que el que exista un riesgo de caída, a un nivel inferior al que se desarrollan los trabajos, superior a 2 m.

En este caso el trabajador se desplaza o mueve utilizando sus pies y sus manos como medio principal de desplazamiento: subiendo o bajando una escalera, moviéndose por una cubierta, estando en una plataforma elevadora.

Deberá disponer de un sistema anticaidas o de un sistema de retención que le impida acceder a la zona con riesgo de caída.

El arnés utilizado en este caso deberá de cumplir mínimo con la norma UNE-EN 361.

Trabajos verticales.

En este caso el trabajador utiliza una cuerda para sus desplazamientos, y en este punto el RD 2177/2004 es muy claro:
ANEXO 4.4.1” La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas cumplirá las siguientes condiciones:

a) El sistema constará como mínimo de dos cuerdas con sujeción independiente, una como medio de acceso, de descenso y de apoyo (cuerda de trabajo) y la otra como medio de emergencia (cuerda de seguridad)”.

Por lo tanto el trabajador deberá utilizar una cuerda principal o de trabajo para sus desplazamientos y una cuerda de seguridad con un dispositivo anticaidas por si la cuerda principal fallase.

Para este tipo de trabajos deberá usar un arnés que cumpla además de la UNE-EN 361, la UNE-EN 813

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